Hace unos días, al salir de mi casa, me encontré con una escena que puede parecer insignificante para aquellos que no están familiarizados con la prevención, pero que plantea un riesgo importante en el lugar de trabajo. Se trataba de un andamio en una obra cercana.
Para un técnico de prevención, esta situación representa un desafío en términos de seguridad laboral. La pregunta que surge es: ¿Quién es el responsable de garantizar la seguridad en esta obra? La respuesta legal se encuentra en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, que establece disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
De acuerdo con el artículo 2 de este Real Decreto, se define una "obra de construcción" como cualquier proyecto, ya sea público o privado, en el que se lleve a cabo trabajos de construcción o ingeniería civil. Esto incluye una amplia variedad de actividades relacionadas con la construcción, desde excavaciones y movimientos de tierra hasta montaje de elementos prefabricados, acondicionamiento, rehabilitación, reparación, desmantelamiento y más.
En resumen, si decides llevar a cabo una obra en tu propiedad, eres el responsable de garantizar la seguridad en el lugar de trabajo. Lo mismo se aplica si la obra la realiza la comunidad de vecinos en un entorno compartido. La seguridad en las obras es una responsabilidad que no debe tomarse a la ligera, y es esencial conocer y cumplir con las regulaciones pertinentes para proteger a los trabajadores ya la comunidad en general.
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